Artículo 5°. Custodia de los instrumentos de evaluación de factores de riesgo psicosocial. Para la custodia de los instrumentos de evaluación de factores de riesgo psicosocial se aplicarán las siguientes reglas para cada individuo de los casos:Para calcular el nivel de riesgo psicosocial intralaboral de las empresas se debe establecer el prome